Voto extranjero

1 de febrero de 2023 | Temáticas Migrantes

Los derechos a participar en los asuntos políticos y públicos de las personas migrantes desempeñan un papel fundamental en la promoción de la democracia, el estado de derecho, la inclusión social y el desarrollo económico de las sociedades, para avanzar hacia ciudadanías abiertas e inclusivas.



Para más información sobre derechos electorales
Visitá la página web de la Junta Electoral de la Provincia https://www.juntaelectoral.gba.gov.ar/ o escribí a consultaextranjeros@juntaelectoral.gba.gov.ar

Característica del voto extranjero en la provincia de Buenos Aires
Las y los extranjeros gozarán en el territorio de la Provincia de todos los derechos civiles del ciudadano/a y de los demás que esta Constitución les acuerda; la atribución del sufragio popular es un derecho inherente a la condición de ciudadano/a argentino/a y del extranjero/a en las condiciones que determine la ley, y un deber que se desempeña con arreglo a las prescripciones de esta Constitución y a la ley de la materia.
(Arts. 34 y 59, Constitución Provincial).

Requisitos para poder votar
1) Ser mayor de edad (18 años).
2) Saber leer y escribir en idioma nacional.
3) Tener dos años de residencia inmediata en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
4) Tener actualizado el domicilio en tu documento. 
(Art. 191, inc 2, Constitución Provincial; Art.1, Ley 11.700). 

Requisitos para poder ser elegibles
1) Tener veinticinco años de edad.
2) Saber leer y escribir.
3) Ser vecino/a del distrito con cinco (5) años de residencia.
4) Estar inscripto/a en el registro especial.

Categoría/s de cargos a elegir
Todas las categorías provinciales, municipales, consultas populares y plebiscitos.
(Art. 2, Ley Electoral Provincial Nº 5.109; Art. 1, Ley Nº 11.700).

Inscripción en el padrón
El padrón se puede consultar 45 días antes de la votación. Si en las elecciones pasadas no apareciste en el mismo, podés escribirnos a  contacto.identidad@defensorba.org.ar y te asesoramos. 

¿Qué pasa si no voto? 
La multa por no votar es de 50 a 500 pesos, siempre que no se encuentre justificada tu ausencia en las elecciones.