La Defensoría del Pueblo bonaerense fijó su posición respecto al proyecto de ley propuesto por el Poder Ejecutivo nacional para establecer un nuevo régimen penal aplicable a adolescentes a quienes se les atribuyan conductas tipificadas como delitos por el Código Penal de la Nación, y que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados.
Esencialmente, el proyecto centra su atención en la reducción de la edad mínima de responsabilidad penal en torno a los catorce años, establece la posibilidad de aplicar penas de hasta quince años de prisión, se reducen las medidas alternativas al encierro y se autoriza el alojamiento de adolescentes en sectores ubicados dentro de unidades penitenciarias.
Esto, en abierta contradicción con el nuevo paradigma de protección integral adoptado internacionalmente desde la sanción de la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
La postura de la Defensoría
Entendemos que cualquier propuesta de modificación integral del sistema penal juvenil debe ser una oportunidad para debatir políticas tendientes al fortalecimiento del sistema de protección integral de los derechos de la niñez, sin convertirse en una amenaza contra los derechos de un grupo de especial tutela constitucional.
En este sentido, el proyecto se aparta de los estándares internacionales previstos en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de los Niños Niñas y Adolescentes (Ley 26.061), así como de las recomendaciones formuladas por los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos, constituyéndose en una reforma abiertamente regresiva.
El abordaje de protección integral de la niñez no debe ser encarado desde el ámbito del endurecimiento de la represión penal, puesto que la normativa internacional vigente coloca en cabeza del Estado la implementación prioritaria de políticas públicas correctivas de asimetrías económico-sociales a través de la inclusión, prevención e incluso de un progresivo desarrollo de derechos económicos sociales y culturales como posibles soluciones para mermar la delincuencia juvenil.
La privación de libertad debe ser la última de las respuestas estatales con cierta renuncia a la protección integral de la niñez, producto de sus propios efectos perniciosos imposibles de desconocer.
En ese sentido, es oportuno destacar lo manifestado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), quien emitió un Informe de Posicionamiento sobre Justicia Penal Juvenil en la República, donde se manifiesta que “es importante que Argentina avance con un debate amplio y la sanción de una Ley de Justicia Penal Juvenil que esté en línea con los estándares internacionales, incluidos los principios de progresividad y de no regresividad. La adecuación normativa debe ser compatible y respetuosa con el sistema de protección integral: requiere la implementación de un sistema de justicia especializado con enfoque en derechos humanos de niñez y adolescencia que asegure –de manera real y efectiva– el acceso a la justicia y deje como sanción excepcional y de último recurso la restricción de la libertad personal; siempre, con el objetivo final de la reinserción social. La reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil es necesaria y urgente, y debe estar anclada, además de la responsabilización del adolescente por la conducta infractora, también en la educación, en la prevención y en la mirada restaurativa. Proyectar una reforma de la justicia juvenil implica pensar en un proyecto socio educativo que incluya la responsabilización y que resguarde el cumplimiento de garantías procesales y constitucionales. Implica analizar las juventudes de hoy, sus contextos y el rol del Estado y de la sociedad. Implica fortalecer el Sistema de Protección Integral del que forman parte los jóvenes que llegan al Sistema de Justicia Penal Juvenil. Sin políticas públicas integrales, se incrementará el número de jóvenes dentro de un sistema que probablemente empeorará sus trayectorias de vida y no reducirá los niveles de inseguridad social”.
Por su parte, el Comité de Derechos del Niño recomendó a Argentina aprobar una ley general de justicia juvenil compatible con la Convención y las normas internacionales en materia de justicia juvenil que no incluya disposiciones que puedan endurecer las penas o reducir la edad de responsabilidad penal, establecida hoy en los 16 años.
Por eso, desde la Defensoría estimamos que, en caso de aprobarse el proyecto remitido al Congreso, la regresividad aludida podría acarrear conflictos de constitucionalidad en tanto el principio de progresividad -y en contraposición, el de no regresividad- se encuentran consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (artículo 2) y en la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 26).