Lorenzino y Honores le presentaron a Salvador un proyecto de ley sobre salud mental

25 de abril de 2019 | Temáticas Salud

Un proyecto para que el Órgano de Revisión Local (ORL) de Salud Mental de la Provincia tenga sustento en una ley de la Legislatura, le presentó al vicegobernador, Daniel Salvador, el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, y el Adjunto en Derechos Humanos y Salud, Marcelo Honores.

La iniciativa que recibió Salvador en las últimas horas promueve que el ORL, que desde su creación por decreto del ministerio de Salud  funciona y es presidido por el Defensor del Pueblo bonaerense, tenga una base legal que reglamente sus funciones, constitución y conformación.

En su articulado, la norma ratifica la creación en el ámbito de la Defensoría del Pueblo del Órgano de Revisión Local, “con el objeto de promover, proteger y resguardar los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental en el territorio bonaerense”.

Establece como escenario de aplicación a “todo tratamiento, proceso de atención y/o internación por motivos de salud mental que sea efectuada tanto en el ámbito público como privado de la Provincia”

Asimismo, determina que el ORL “contará con autonomía funcional y autarquía financiera, para garantizar su independencia de los servicios y dispositivos que serán objeto de su supervisión”, y ratifica que “estará presidido por el Defensor del Pueblo de la Provincia”, quien podrá delegar su función en el Defensor Adjunto de Derechos Humanos y Salud, como sucede en la actualidad que Honores conduce el organismo.

En sus fundamentos, el proyecto de ley se señala que “de acuerdo a las misiones y funciones conferidas constitucionalmente al organismo, el Defensor del Pueblo se erige en un ámbito propicio a los fines de consagrar la autonomía e independencia” del Órgano.

Y concluye que “su creación bajo resolución ministerial por parte de la autoridad de aplicación, desnaturaliza sus funciones de control e impide que este Órgano alcance el estándar de orden público que establece la Ley Nacional 26.657 (se salud mental). De allí la necesidad de dotar de base legal al Órgano, reglamentando sus funciones, constitución y conformación”.