“Nuestra prioridad tiene que ser clara: no más niños ni niñas en situación de calle”

En el marco del Día Internacional de las Niñas, Niños y Adolescentes en situación de calle, el Defensor del Pueblo Adjunto de la provincia de Buenos Aires, Walter Martello, sostuvo que resulta fundamental “la reglamentación y urgente aplicación” de la ley nacional 27.654 sancionada a fines del año pasado.  

Esta norma hace operativos los derechos humanos de las familias en situación de calle o que corren riesgo de quedar en esa condición.Según los últimos datos del INDEC, el 35,5% de la población indigente de nuestro país no supera los 14 años de edad.
Pero no existe una cifra oficial que indique con exactitud el universo de NNyA en situación de calle. Por eso está previsto que, por primera vez en la historia, se lleve a cabo un operativo especial en los 31 aglomerados de la Encuesta Permanente de Hogares para relevar a las familias sin techo. Se realizará el 15 de mayo, tres días antes del Censo Nacional, cumpliendo así uno de los objetivos planteados en la ley 27654.
“Es necesario anticiparnos a la llegada del invierno y empezar a tomar medidas efectivas desde ahora para proteger los derechos de las y los NNyA en situación de calle. Nuestro ordenamiento jurídico es claro en cuanto al interés superior del Niño y la ley 27.654 es un gran avance. Es muy importante también que las provincias y los municipios adhieran rápidamente a la norma“, explicó Martello, responsable del Observatorio de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Defensoría del Pueblo bonaerense.
La ley 27.654 es una normativa superadora respecto a los actuales esquemas de contención social. Por un lado, busca transformar o adaptar los establecimientos de alojamiento nocturno (paradores, hogares, refugios) bajo una nueva modalidad de funcionamiento con prestaciones básicas de alimentación, higiene y cuidados primarios de la salud; espacios terapéuticos, talleres y actividades de formación, capacitación y ocupación laboral.
Un punto importante de la nueva ley es que ordena observar los principios y derechos contemplados en la Convención sobre los Derechos del Niño y toda otra normativa nacional e internacional de protección integral de derechos vigente en nuestro país. Por este motivo los centros de integración social deberán contar con un área institucional específica conformada por profesionales capacitados para el cumplimiento de los derechos de las y los NNyA. Estos centros deberán funcionar las 24 horas y tendrán que complementarse con dispositivos ya existentes como los servicios locales y zonales de niñez distribuidos en distintos municipios bonaerenses.

Asimismo, la mencionada norma nacional prevé la creación de nuevos centros de integración social de acuerdo a las necesidades relevadas en forma coordinada y articulada con los organismos nacionales y locales correspondientes.
Esta ley también dispone que se otorgue a las personas en situación de calle una referencia administrativa postal a fin de que puedan recibir correspondencia y así tener un mejor acceso a los servicios socioasistenciales o administrativos de toda clase.
¿Qué hacer ante niñas, niños y adolescentes en situación de calle?

-Dar aviso de forma inmediata al Servicio Local de Niñez del municipio correspondiente. En caso de no haber respuesta, puede intervenir el Servicio Zonal. Teléfonos de contacto: 0800-666-NIÑO (6466) o a la Línea 102.
http://www.snya.gba.gov.ar/index.php/recursos/servicios-zonales

Sobre el Día de los Niños y Niñas en situación de calle
Esta jornada se instauró en 130 países del mundo a partir de una iniciativa de Consortium for Street Children (CSC), una de las redes internacionales más importantes dedicadas a la protección de los derechos de NNyA en situación de calle. 

La idea fundacional es intentar lograr que los derechos de millones de niños y niñas no sigan siendo ignorados.