
La Constitución de la Nación Argentina, en su artículo 41, establece que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley".
Por este motivo, la Defensoría del Pueblo, trabaja para preservar y cuidar el medio ambiente; y principalmente, para que todas las personas tengan el derecho de vivir en un ambiente sano.
A continuación se detallan los principales tema en materia de Medio Ambiente que atiende la Defensoría del Pueblo:
• Situación de cuencas y arroyos de la provincia de Buenos Aires.
• Tratamiento y disposición final de Residuos Sólidos Urbanos.
• Situación de Zonas protegidas.
• Quejas por funcionamiento de canteras clandestinas.
• Uso racional de los recursos naturales.
• Promoción de la utilización de energías limpias.
• Reglamentación sobre el uso de agroquímicos.
• Antenas
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural, cultural y de la diversidad biológica, como también a la información y educación ambientales.
A partir de las reformas constitucionales del año 1994, con la incorporación de los Artículos 41 en la Constitución Nacional y el Artículo 28 en la Constitución de la provincia de Buenos Aires, se estableció la necesidad de generar un conjunto de normas destinadas a otorgar una tutela amplia e integral al Medio Ambiente, entendiéndolo como patrimonio de todas las personas.
Consecuentemente, se fueron creando leyes de protección tanto a nivel nacional como provincial, destacando como principio fundamental el derecho de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano y equilibrado. Estas normas giran en torno a ejes esenciales:
• La protección de los recursos naturales.
• La preservación y conservación de la flora y la fauna.
En la actualidad, producto del desarrollo económico y del crecimiento demográfico, vemos en la realidad cotidiana amenazas tales como:
• Contaminación de los recursos naturales.
• Cambio climático.
• Especies en peligro de extinción.
• Destrucción de los bosques nativos.
• Daños irreversibles derivados de la actividad industrial.
• Afectación de la salud de los habitantes.
Frente a ésto, los ciudadanos/as, en forma individual o colectiva, deben acudir a la Autoridad Estatal competente, con el objeto de que intervenga en las siguientes temáticas para resguardar su derecho:
• Implementación de políticas públicas destinadas a la prevención de daños.
• Intervención para el cese de actividades que generen contaminación.
• Toma de acciones para la recomposición y saneamiento del daño provocado.
En la provincia de Buenos Aires, existen diversos organismos de control, cuya intervención dependerá del tipo de afectación ambiental involucrado. A su vez, en distintos Municipios se han instaurado autoridades locales en esta materia.
En este contexto de control ambiental, la Defensoría del Pueblo también puede actuar, de oficio o a instancias del ciudadano/a.
Ante cualquier duda o reclamo, CONTACTATE CON LA DEFENSORIA DEL PUEBLO, donde te podemos ayudar u orientarte.










